jueves, 31 de julio de 2014

Modificación normativa estatal de los "Sellos Personalizados"



Con fecha 30 de Julio, se ha publicado en el Boletín Oficial del Estado la resolución de 18 de julio de 2014, por la que se modifica la de 20 de diciembre de 2006, sobre emisión y puesta en circulación de una serie de sellos de correos denominada "sellos personalizados".

Básicamente lo cambios introducidos son:
- Se aprueba la emisión y puesta en circulación de los sellos personalizados de correo denominados «TU SELLO», que comprende todos los sellos personalizados que se pongan en circulación de conformidad con la presente Resolución.

- Los sellos personalizados incorporarán en uno de sus márgenes las palabras "España", "Correos" y "TU SELLO", así como su valor de franqueo.

- Los sellos personalizados se podrán utilizar para el franqueo de cualquier envío postal cuyo sistema de franqueo sea mediante sellos y para cualquier ámbito, de acuerdo con las tarifas vigentes y utilizando el número de sellos que sean necesarios.
En el espacio central del sello, reservado para la personalización, se estampará, una vez validada, la imagen propuesta por los usuarios.

Sin los requisitos citados, no se considerará como un sello de correo.


- Los sellos personalizados tendrán el valor de franqueo que se indique en cada uno de ellos. En el caso de que éste no figure expresado tendrá las siguientes equivalencias:
− La letra "A", en caracteres latinos, a la tarifa vigente de las cartas normalizadas de hasta 20 gramos para el ámbito nacional.
− La letra "A2", en caracteres latinos, a la tarifa vigente de las cartas no normalizadas de hasta 20 gramos, o bien para cartas cuyo peso esté comprendido entre 20 y 50 gramos, en ambos casos para el ámbito nacional.
− La letra "B", en caracteres latinos, a la tarifa vigente de las cartas normalizadas de hasta 20 gramos para el ámbito internacional europeo.
− La letra "C", en caracteres latinos, a la tarifa vigente de las cartas normalizadas de hasta 20 gramos para el ámbito internacional de resto de países.
- El suministrador que determine la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., procederá a la impresión de los pliegos sobre los que posteriormente se estamparán las diferentes imágenes, de acuerdo con las siguientes características:
a) Procedimiento de impresión: Offset, en azul (pantone 541 C).
b) Papel: Autoadhesivo fosforescente.
c) Dentado: 13 ¾ troquelado.
d) Formato de los sellos: 40,9 x 28,8 mm (horizontal y vertical).
e) Espacio libre para la imagen personalizada: las palabras "España", "Correos" y "TU SELLO", y el espacio reservado para la impresión del valor del franqueo correspondiente ocuparán una superficie no superior a 10 x 28,8 mm, quedando libre el resto de la superficie.
f) Formato del pliego: 297 x 210 mm (UNE A-4).
g) Efectos en pliego: 25.
h) Valor postal: Tarifas "A", "A2", "B" o "C" para los dos sellos (horizontal y vertical) o la cifra correspondiente al valor del franqueo.
i) Tirada: Ilimitada para los dos sellos (horizontal y vertical).
 Una vez concluida la fabricación de los pliegos sobre los que posteriormente se estamparán las diferentes imágenes, el suministrador procederá a la destrucción de los proyectos, maquetas, dibujos, pruebas, planchas y cualquier otro elemento o material utilizado para la estampación. Sin embargo, cuando resulte, a juicio de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos, S.A., que alguno de los elementos empleados en la preparación o estampillado de los trabajos anteriormente aludidos encierra gran interés histórico o didáctico, podrá ser destinado, convenientemente inutilizado, a dotar el Museo Postal y Telegráfico o cualquier otro Museo de interés en la materia. En todo caso se extenderá el acta correspondiente, tanto de la inutilización como de los elementos que en calidad de depósito se integren en algunos de los citados Museos

La presente Resolución conjunta entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado.

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